La mejora de la situación epidemiológica en España y el avance en el proceso de vacunación que se está desarrollando, tanto en España como en muchos países del mundo, permiten flexibilizar las medidas de entrada a territorio español para viajes con fines turísticos. Desde el lunes 7 de junio produce efectos la nueva normativa española publicada por los Ministerios del Interior y Sanidad y que permite, entre otros casos, la apertura a los viajes por turismo desde terceros países a viajeros con certificados de vacunación. Ello incluye a los ciudadanos mexicanos.
A partir del 7 de junio se permite la entrada de personas que viajen por turismo desde México si cuentan con un certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes del país de origen de la vacunación a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis necesaria para completar el ciclo de vacunación. Las vacunas admitidas serán las autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA) o aquellas que hayan completado el proceso de uso de emergencia de la Organización Mundial de la Salud (OMS). En estos momentos estas vacunas son las producidas por Pfizer-Biontech, Moderna, Astra-Zeneca, Janssen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm. Se recomienda verificar el listado actualizado en los portales de la OMS (https://www.who.int) y EMA (https://www.ema.europa.eu).
El certificado de vacunación deberá incluir al menos la siguiente información:
- Nombre y apellido del titular
- Fecha de vacunación, indicando la fecha de la última dosis administrada
- Tipo de vacuna administrada
- Número de dosis administradas/pauta completa
- País emisor
- Identificación del organismo emisor del certificado de vacunación
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FRANCISCO PETRARCA Nº 240
COL. CHAPULTEPEC MORALES
www.spain.info/es/CP: 11560, CIUDAD DE MÉXICO
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Independientemente de su país de procedencia, todos los pasajeros que lleguen a España vía aérea o marítima, incluidos los que estén en tránsito, deberán cumplimentar antes de su salida un formulario de control sanitario a través del Portal www.spth.gob.es o de la app Spain Travel Health –SpTH-, disponible en Android y en iOS. En el formulario debe incluirse Información del documento acreditativo de vacunación y declaración responsable. Tras la correcta validación de la información, SpTH generará un código QR con la denominación DOCUMENTAL CONTROL.
Como requisito previo para el embarque, los pasajeros deberán mostrar al personal de la compañía de transportes el código QR generado por SpTH y el certificado de vacunación del que estén en posesión. Las compañías se limitarán comprobar que el viajero presenta dicho certificado, comprobando que se corresponde con su identidad, sin que en ningún caso puedan acceder a la información sanitaria contenida en el mismo. La presentación del certificado también podrá ser requerida en el control sanitario a la llegada a España.
Todos los pasajeros que lleguen a España como destino final, deberán someterse a la llegada a un control sanitario en el primer punto de entrada. Dicho control incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.
Los pasajeros menores de doce años quedan exentos de la presentación de las certificaciones. No obstante, deberán estar en posesión del código QR obtenido tras la cumplimentación del formulario de control sanitario a través de SpTH.
Como norma general, los pasajeros que lleguen a España en tránsito con destino a otro país, quedarán exentos de la realización del control sanitario en el proceso de cambio de medio de trasporte internacional en el mismo recinto portuario o aeroportuario. No obstante, cuando el flujo de estos pasajeros en el aeropuerto pase por un control sanitario se podrá verificar que disponen del QR específico para pasajeros en tránsito generado por SpTH con la denominación TRANSIT.
Ciudad de México, 9 de junio de 2021.