OTRA PIEDRA EN EL ZAPATO AL TURISMO EN MEXICO.

OTRA PIEDRA EN EL ZAPATO AL TURISMO EN MEXICO.

QUIENES SON SUJETOS AL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO.

EL burocratismo y carga fiscal por el que pasa el  sector turistico, tiene una nueva piedra en el zapato, el Registro Nacional de Turismo.

Como si fuera poco todo el viacrucis que pasa el empresariado turistico ahora habra y tendra que cargar con el RNT (Registro Nacional de Turismo) que obliga a hoteleros, restauranteros, guias turisticos, agencias de viaje Etc.. Etc..

Como puede Mexico ser competitivo y crecer mas turisticamente hablando, si cada autoridad de cualquier nivel de gobierno quiere su tajada del pastell.

Ya de por si, ser prestador de servicios o empresario es un verdadero laberinto fiscal y tramitologia.

El gobierno federal a traves de la Secretaria de Turismo, le abona otra piedra mas en el zapato.

Quienes deben inscribirse en el Registro Nacional de Turismo: pues todo aquel que quiera vivir del turismo, llegamos a estar en el lugar numero 7 del Ranking de la OMT Y Calderon junto con su brillante y lujosa Gloria Guevara Manzo, juraron que nos pondrian en el 5° lugar y nos aventaron al 15 eavo.

En este momento ocupamos el 10, pero ojo, con una politica turistica agresiva hacia el empresariado podemos como los cangrejos caminar hacia atras

29 de Marzo de 2016, se publica en el Diario Oficial de la Federación, los siguientes acuerdos:

“Catálogo de los Diferentes Servicios Turísticos, que deberán inscribirse en el Registro Nacional de Turismo”.

“Convocatoria Nacional de Inscripción al Registro Nacional de Turismo dirigirá a los Prestadores de Servicios Turísticos”, y
“Acuerdo por el que se establece el formato único para los trámites del Registro Nacional de Turismo.

Ya que la Ley General de Turismo y su Reglamento, fueron omisos al señalar quienes debían ser considerados como prestadores de servicios turísticos, es SECTUR FEDERAL quien determina esto, y da a conocer que se consideran prestadores de servicios turísticos, los siguientes:

I. Agencia de viajes;
II. Agencia integradora de servicios;
III. Alimentos y bebidas;
IV. Arrendadora de autos;
V. Balneario y parque acuático;
VI. Campo de Golf;
VII. Guardavida/Salvavida;
VIII. Guía de turistas;
IX. Hospedaje;
X. Operadora de aventura/naturaleza;
XI. Operadora de buceo;
XII. Operadora de marina turística;
XIII. Parque temático;
XIV. SPA;
XV. Tiempos compartidos;
XVI. Tour operador;
XVII. Transportadora turística;
XVIII. Vuelo en globo aerostático.

Todos estos servicios profesionales deberan registrarse ante Sectur Federal y como solo existe una en CD Mexico y aunque en la pagina www.sectur.gob no estipula la fecha maxima para el registro este debera efectuarse antes de julio 2016

Ya se estan llevando a cabo convenios con los estados para que a traves de ellos se pueda cubrir el tramite.

Armando de la Garza.
Asociacion de Hoteles en Coahuila.
Secretario.

Camara de Comercio de Monclova
Comision de Turismo.


Enviado desde Nota rápida

Comparte este artículo:

Facebook
Twitter
LinkedIn
Verified by MonsterInsights